Ir al contenido principal
  La reparación en el caso de la pérdida de la oportunidad en materia comercial

Justiniano Montero Montero

 Concepto
“Perjuicio actual acreditado por el hecho de la desaparición de un chance”; “una variedad de perjuicio consistente en la pérdida cierta de una posibilidad de realización de un evento deseado”, o un “perjuicio cierto (...) susceptible de ser objeto de una indemnización, cuando la perspectiva de realización probable de un acontecimiento, que habría beneficiado al recurrente por su favorabilidad, desaparece por razones que le son exteriores..."

 Precedentes jurisprudenciales relevantes en el ámbito Europeo
• La génesis de la pérdida de la oportunidad data a finales del siglo XIX y principios de XX por la jurisprudencia francesa e inglesa.
• El reconocimiento de la pérdida de la oportunidad como un perjuicio reparable, se verifica por primera vez en Francia, en fecha 17 de julio de 1889, en un proceso en el cual el cliente de un alguacil es privado de apelar una decisión, y en consecuencia no obtiene la posibilidad de ganar el proceso.

 Condiciones de existencia
1. Debe existir una eventualidad favorable.
2. Desparición de la eventualidad favorable debe ser real.
3. El chance perdido debe ser una situación seria.
4. Presunción de la existencia de un perjuicio.

 Ámbito y dimensión procesal de la pérdida
de la oportunidad
• La pérdida de oportunidad o pérdida de chance alude a todos aquellos eventos en los cuales una persona se encontraba en situación de poder seguir un provecho, de obtener una ganancia o beneficio o de evitar una pérdida, pero ello fue definitivamente impedido por el hecho de otro sujeto, acontecer o conducta este que genera, por consiguiente, la incertidumbre de saber si el efecto beneficioso se habría producido, o no, pero que al mismo tiempo da lugar a la certeza consistente en que se ha cercenado de modo irreversible una expectativa o una probabilidad de ventaja patrimonial.
Faceta Jurídica. La pérdida de oportunidad. Campus Universitario UNIACADEMIA.

 Precedentes en el ámbito del Derecho Comunitario Europeo
Directivas 89/665 y 92/13 en el artículo 2.1 establece que “los estados miembros velarán para que las medidas adoptadas en relación con los procedimientos de recurso (...) prevean los poderes necesarios (...) para conceder una indemnización por daños y perjuicios a las personas perjudicadas por una infracción”.
“cuando una persona interponga una demanda por daños y perjuicios por los gastos habidos en la preparación de una oferta o la participación de un procedimiento de formalización, únicamente se le exigirá que pruebe que ha habido violación del Derecho comunitario en materia de formación de contratos o de las normas nacionales que trasponen este derecho, y que hubiera tenido una posibilidad real de obtener el contrato, posibilidad que ha visto comprometida debido a esa violación”
     
 Francia
Sentencia de fecha 17 de julio de 1889
- Proceso en el cual el cliente de un alguacil es privado de apelar una decisión, y en consecuencia no obtiene la posibilidad de ganar el proceso debido a la falta cometida por el ministerial que conllevo a la nulidad del acto de apelación. La Corte de Casación reconoció entonces su derecho de reparación fundado en la pérdida de un chance.
Sentencia de fecha 27 de marzo de 1973
- El monto de la reparación del perjuicio será proporcional a la probabilidad de que el evento se realice.

 Francia
Sentencia de fecha 24 de junio de 1999
- La Corte de Casación Francesa ha establecido que el candidato que ha perdido el chance de presentarse ante un concurso no puede obtener reparación de su perjuicio, en virtud de que tiene una nueva oportunidad de volver a inscribirse en el mismo
Sentencia de fecha 4 de abril de 2001
- Debe existir una probabilidad suficientemente fuerte como para que el evento favorable se realice.
Sentencia de fecha 9 de abril de 2002
- La reparación de la pérdida de un chance se mide tomando en cuenta el chance pedido uno se puede igualar a la ventaja que hubiese creado dicho chance si el evento hubiese tenido lugar.

 Sentencia de fecha 2006, Corte de Casación Francesa
Por negligencia del abogado ha ocasionado que se venza el plazo para elevar un recurso de casación contra una sentencia de la Corte producto de la actuación de su abogado. A través de esta sentencia se estableció por primera vez que es necesario que se haya perdido una oportunidad favorable para que haya lugar a la reparación por pérdida de oportunidad...
Sentencia de 2016 → Se reclama la totalidad del precio pagado por compra de un lote de condominios, que se encontraban previamente puestos en concurso para ser arrendados por otra entidad. El accionante sugiere una falta al deber de información por parte del abogado notario que realizó el traspaso, por lo que perdió la oportunidad de gozar de sus condominios. No obstante, la Corte de Casación Francesa haber rechazado el recurso por no poder atribuírsele la falta al notario, establece que el monto reclamado por el accionante resultaba improcedente puesto que una oportunidad pérdida nunca puede ser igual o mayor al daño total sufrido.
       
 Sentencia de fecha 7 de abril de 2016, Corte de Casación Francesa
“el daño reparable debe ser directo, actual y cierto. En cuanto al carácter cierto del perjuicio, la doctrina distingue entre el perjuicio probable, que es reparable y el perjuicio aleatorio o eventual, que no lo es ... no es posible reparar mediante daños e intereses a favor de un perjuicio puramente eventual. Más adelante, la jurisprudencia ha establecido que la pérdida de un chance no puede depender de una eventualidad futura e incierta y que la realización no puede resultar de la actitud de la víctima”.

 Inglaterra
Sentencia de fecha 1911, Caso Chaplin vs. Hichs
- La Corte de Apelación, admite la resarcibilidad de la posibilidad frustrada de ganar un concurso de belleza de una de las concursantes que habían sido previamente seleccionadas.
Colombia
“Se sigue aplicando la regla del todo o nada, y la indemnización se calcula en función del beneficio neto que el contratista habría obtenido de la adjudicación del contrato. De esta manera, se puede afirmar que coexiste una dualidad de modos de reparación: una, del “todo o nada”, predominante en material contractual; y otra, proporcional, aplicable a supuestos de responsabilidad en casos de pérdida de oportunidad”.
 
 Colombia
para que la pérdida de oportunidad se considere como un perjuicio reparable es necesario que concurran los tres elementos, esto es, que haya situación de oportunidad, que ésta sea real y seria y que sea probable ...
Sentencia de fecha 4 de julio de 2011 Demanda en responsabilidad contractual interpuesta por un cliente contra su banco.
Este último había castigado una deuda, informándola al boletín comercial, pese a estar amparada en un pagaré vencido y pudiendo cargar el monto adeudado a la cuenta corriente. En concreto, la privación de la oportunidad de ingresar como socio a una sociedad comercial, producto del antecedente comercial negativo informado al boletín comercial. El demandante no habría aportado pruebas suficientes sobre porcentaje social que tenía expectativas de obtener ni acerca de las utilidades a las que podía acceder por esa vía y que no se acompañaron pruebas concluyentes acerca de la existencia de la chance y cuál era su rentabilidad potencial.
   
 Colombia
"En unas ocasiones, la pérdida de oportunidad se indemniza como un rubro independiente y acompañado del perjuicio moral; en otras, únicamente en el perjuicio moral, y finalmente, en otras, se reconoce proporcionalmente respecto del daño final, incluyendo daño emergente, lucro cesante y perjuicio moral"...

 Pérdida de la oportunidad en Francia y criterio de evaluación del perjuicio
La reparación siempre se considerará una reparación parcial al daño inicial: el derecho francés establece esta limitante a fines de evitar excesos en las indemnizaciones.
Porque sólo existe certeza –y relación de causalidad– respecto de la pérdida de oportunidades generada, la indemnización se reduce a una estimación del valor de esa chance desaparecida. Usualmente, se expresa ese valor en un porcentaje de oportunidades perdidas, que se multiplicará por el valor total del negocio en juego...

 El régimen causal y su especialidad en responsabilidad por pérdida de oportunidad
• Aplicación del vínculo de causalidad como elemento necesario para la reparación de la pérdida de la oportunidad, y sitúa a la misma como parte del estudio del nexo causal y no como un daño autónomo.
• Para que sea retenido como el hecho generador del daño, debe tener una relación causa – efecto con el daño causado. No importa que su hecho sea culposo, ni no contribuye a la realización del perjuicio.

 Naturaleza del perjuicio en el derecho Francés en ocasión a la pérdida de la oportunidad
En un fallo de la referida Corte de Casación, se estableció como el elemento del perjuicio constituido por la pérdida de un chance de carácter directo y cierto a la víctima como consecuencia de la infracción cometida por un tercero, es la probabilidad del acontecimiento de un evento favorable para la víctima, tanto así, que, la realización de la oportunidad no se verifique como cierta.

        • •
Pérdida de la oportunidad en Francia Consagración legislativa
Art. 1382 Código Civil Dominicano Art. 1238 Código Civil Francés.-
Sólo constituye una pérdida de chance reparable la desaparición actual y certera de un eventualidad favorable.
El perjuicio por concepto de pérdida de chance es uno distinto al beneficio obtenido en caso de haberse realizado dicha chance.
                                               
 Jurisprudencia Dominicana
República Dominicana. Suprema Corte de Justicia (Primera Sala). Sentencia No 12 de fecha 18 de enero del 2006. Reporte financiero que refleja la condición de deudor moroso de una suma saldada, lo que provoca la pérdida de oportunidad de celebrar contratos. Prueba del hecho causal de la pérdida de la oportunidad.
“... que el hecho de hacer figurar a P.C. en “data crédito” como deudor moroso, le causó daños morales a éste, pues si se observa el recibo con que la Corte afirma que el recurrido saldó su préstamo ... dicha Corte apreció en el mismo el pago de una suma por concepto de mora, y esto como bien se sabe se produce por atrasos en el préstamo; que esta información errónea es la causante de las cancelaciones de negocios que el señor Paulino Casado había intentado con otras entidades comerciales”...

 República Dominicana. Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia. Sentencia No. 11 de fecha 21 de marzo de 2007. Contrato de compraventa de inmueble. Incumplimiento del vendedor a la entrega en el plazo acordado. Pérdida de la oportunidad de desarrollar el negocio en el tiempo establecido o dar otro uso al dinero pagado para la compra.
“que cuando admiten que la terminación y entrega del local a la parte recurrente se haría en un plazo de un año a un año y medio, y sin embargo fue terminado pasados los dos años, lo cual impidió que la recurrente ocupara y preparara dicho local para los fines que lo había adquirido, en el tiempo que se había convenido ... que también la recurrente había cumplido con su obligación de pagar en el tiempo estipulado, ... que obviamente, dada la cuantía del inmueble adquirido por la recurrente, el lugar en donde se encuentra ubicado, y los fines comerciales del mismo, se concluye que dicha parte, una sociedad comercial, ha sufrido daños y perjuicios, por una parte, por el hecho de haber pagado una suma por un inmueble, y haber transcurrido un tiempo considerable, sin que se le hiciera entrega del mismo, por la otra parte, el dinero pagado por ella le hubiese dado otro uso ... la recurrente no pudo llevar a cabo su proyecto de abrir un negocio en el local de que se trata”.
   
 República Dominicana. Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia. Sentencia No. 10 de fecha 10 diciembre de 2008. Desalojo arbitrario de Parceleros. pérdida de oportunidad de desarrollar proyecto agropecuario
“... que los demandantes primigenios “alegan haber sido desalojados por la fuerza por Victorina Agroindustrial, C. por A. de los predios que ocupaban, fundamento de su demanda, el alegado envenenamiento de los terrenos con productos agroquímicos (abonos), que les impidió desarrollar el proyecto de guineos orgánicos, ni el hecho de la alegada irrupción por la fuerza, como el planeado proyecto, han sido demostrados, como era su obligación... “
 
 Alcance de la pérdida de la oportunidad en la legislación dominicana
Ley No. 173-66 sobre Protección a los agentes importadores de Mercaderías y Productos
Art. 3.- Todo Concesionario tendrá derecho a demandar del Concedente, en el caso de su destitución o sustitución o terminación del Contrato de Concesión que entre ellos exista, o de la negativa de renovar dicho contrato, por acción unilateral y sin justa causa del Concedente, la reparación equitativa y completa de los daños y perjuicios que por tal causa le sean irrogados, cuya cuantía se fijará a base de los siguientes factores:
a) Todas las pérdidas que haya experimentado el Concesionario por causa de los esfuerzos personales que haya desarrollado en beneficio exclusivo del negocio de que se le prive, incluyendo los desembolsos por concepto de pago de indemnizaciones previstas por las leyes laborales ...

 Ley No. 42-08 sobre Defensa de la Competencia
Artículo 5.- De las prácticas concertadas y acuerdos anticompetitivos. Quedan prohibidas las prácticas, los actos, convenios y acuerdos entre agentes económicos competidores, sean éstos expresos o tácitos, escritos o verbales, que tengan por objeto o que produzcan o puedan producir el efecto de imponer injustificadamente barreras en el mercado ...
Ar culo 6.- Del abuso de posici n dominante. Quedan prohibidas las conductas que cons tuyan abusos de la posici n dominante de agentes econ micos en un mercado relevante susceptibles de crear barreras injustificadas a terceros.

 Ley No. 340-06 sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones
Art. 21.- El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.

 La reparación
Francia
El monto de la reparación del perjuicio será proporcional a la probabilidad de que el evento se realice (Corte de Casación Francesa).
La reparación obtenida por la pérdida de la oportunidad siempre corresponderá a una fracción de los perjuicios otorgados en razón de daños materiales y morales.
República Dominicana
Principio de la reparación integral

Comentarios

Entradas populares de este blog

Derecho del Consumo  Prof. Justiniano Montero El objetivo del derecho del consumidor es regular las relaciones que se dan entre consumidor o us uario y proveedor o profesional, no así entre profesionales, se trata de un derecho del orden público . El derecho del consumo tiene su origen en Estados Unidos  en el marco de un discurso .  Kennedy usó el término por primera vez en un discurso en 1962 en el que dice que la clase que más aportaba a la economía eran los consumidores y sin embargo era la menos escuchada. Evidentemente es la primera vez que la doctrina fija la utilización del término, pero no podíamos hablar propiamente del derecho del consumo. A partir de 1970 comienzan a desarrollarse legislaciones relativas al derecho del consumo. En Francia la primera legislación como término del derecho del consumo se da a propósito de la venta a domicilio. El primer sostén teórico es que se trata de un derecho especial.  Los  barbuceros  más rel...